PASOS A SEGUIR PARA OBTENER TU CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA

Por IteCONSERVACION


Cuando te enfrentas a vender o alquilar un inmueble, uno de los trámites que necesitas realizar es obtener un certificado de eficiencia energética, que es un informe que detalla el consumo de energía del inmueble y la cantidad de emisiones de CO2 al medio ambiente que produce.

 

Lo importante es que desde el 1 de Junio de 2013 es obligatorio disponer de dicho certificado energético, y registrarlo para vender o alquilar un inmueble (ya sea vivienda o local), aclarando que la ley obliga a que se disponga del certificado en el momento de promocionar o anunciar el inmueble.

Pasos para obtener certificado energético


Dicho esto, os explicamos los pasos de cómo obtener el certificado energético:

1- BUSQUEDA DEL CERTIFICADOR:

Comenzamos por la búsqueda y elección de un técnico habilitado para redactar certificados de eficiencia energética. Aconsejamos que los selecciones de listados de expertos que los colegios profesionales de Arquitectos y Arquitectos Técnicos ponen a la disposición del público en sus páginas web.

En IteCONSERVACION, todos nuestros técnicos pertenecen a dichos listados, lo que garantiza dichaa habilitación.

2- CONTACTO CON EL TECNICO:

Contratado el técnico certificador, este te solicitará unos datos previos que le servirán como información de apoyo a la futura visita de inspección, y finalizará concertando cita para realizarla. La visita es obligatoria y viene impuesta por Real Decreto.

3- VISITA DE TOMA DE DATOS E INSPECCION:

Como comentamos e insistimos, la visita de toma de datos es obligatoria, ya que el técnico tiene que recopilar mucha información para la elaboración del informe. 

En la visita al inmueble, el técnico certificador comprobará las características constructivas de la envolvente térmica (fachadas, ventanas, cubiertas, orientaciones y sombreamientos producidos por otros elementos y edificaciones próximas, protecciones solares, etc) y de las instalaciones térmicas (climatización), de agua caliente sanitaria, energías renovables (si dispone de ellas), etc.

caldera individual

Por todo ello, desconfía de las empresas low cost que ofrecen la elaboración del certificado energético sin realizar está visita, y que tan solo solicitan al propietario que les facilite unos sencillos datos.

Esto implica, ya que lo sabemos por nuestra propia experiencia, que la calificación energética se verá afectada por la falta de precisión en los datos empleados en el cálculo, y hay que tener en cuenta que dicha calificación será la que marque en un futuro no muy lejano la necesidad de realizar las reformas necesarias para mejorar la calificación y en consecuencia reducir el consumo y las emisiones de CO2 (principalmente en aquellos inmuebles con baja calificación), o si como se espera, marque un impuesto verde en función de dicha huella de carbono. Esto sin contar con lo que ya está empezando a ocurrir, sobre todo en los arrendamientos, y es que el propio consumidor empieza a dar muestras de interés en conocer la eficiencia energética.

 

4- REDACCION DEL CERTIFICADO ENERGETICO:

Con todos los datos obtenidos en los pasos anteriores el técnico certificador redacta el certificado energético empleando para ello alguno de los programas informáticos reconocidos por el Ministerio de Industria (CE3, CE3x, CALENER, …). En el certificado, el técnico deberá indicar una propuesta de medidas de mejora, además de la propia calificación energética. Estás propuestas no obligan a nada al propietario, pero dan una idea de las posibilidades de ahorro que se podrían obtener.

 

5- ENTREGA DEL CERTIFICADO ENERGETICO:

Una vez elaborado el certificado energético el técnico entregará al propietario una copia física o digital del certificado de eficiencia energética, con la que podrá realizar el registro en el órgano competente de su Comunidad Autónoma, o como práctica habitual el técnico le ofrecerá realizar dicho registro en su nombre. Este paso variará ligeramente dependiendo de la sistemática y forma de pago de cada técnico. Con el certificado de eficiencia energética ya podrás realizar la compra-venta del inmueble o adjuntarlo al contrato de alquiler en su caso.

 


6- REGISTRO DEL CERTIFICADO ENERGETICO:

Como propietario estarás obligado a registrar el certificado, pero como adelantamos en el paso anterior, puede representarte cualquier otra persona para realizar el trámite. Normalmente los técnicos ofrecen este servicio, ya que puede resultar complejo en la mayoría de las Comunidades Autónomas para una persona no familiarizada con el proceso.

Una vez registrado, el órgano competente te facilitará un número de registro del certificado y en la mayoría de casos, la etiqueta energética, la cual deberá aparecer en toda oferta de venta o alquiler que haga pública el propietario.

Esperamos que te haya servido de ayuda. Si tienes alguna duda dejanos tus comentarios.

Si además quieres solicitar presupuesto sin compromiso a nuestro equipo de técnicos habilitados acceda pulsando al siguiente botón:

 

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Comentarios: 4
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