CERTIFICADO DE IDONEIDAD TECNICA


Después de la Inspección Técnica del Edificio (ITE) realizada por un técnico competente, se pueden obtener dos resultados en el acta, ITE favorable o  ITE desfavorable.

 

En el caso de resultado desfavorable deben realizarse las obras de subsanación indicadas en el acta de la ITE y la Orden de ejecución emitida por el Ayuntamiento, que serán las descritas como necesarias para garantizar la condiciones de seguridad constructiva, de salubridad, de accesibilidad, de ornato público y decoro que la Ordenanza exige para el deber de conservación del inmueble.

 

Ante esta obligación, nos podemos encontrar con dos tipologías de obras:

  • Obras en las que es necesario redactar un proyecto técnico y una dirección facultativa de ejecución de los trabajos: Para cerrar este tipo de expediente será necesario un certificado final de las obras realizadas suscrito por dicha dirección y con visado colegial.
  • Obras que no necesiten proyecto de obras: será necesario presentar en las dependencias municipales un certificado de idoneidad técnica de las reparaciones suscrito por un técnico competente y colegiado, en el cual se da fe de la correcta realización de las obra. No es necesario su visado colegial.

Ambos documentos (el que sea necesario) deben presentarse en el Ayuntamiento de Madrid, con visado o no según corresponda.

 

procedimiento certificado de idoneidad técnica

De esta forma, se cierra satisfactoriamente el expediente administrativo de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) hasta la próxima obligación (normalmente a los 10 años).


¿Cómo procedemos para emitir el certificado?

  1. El propietario contacta con nuestro estudio y le facilitamos nuestro presupuesto de honorarios sin compromiso.
  2. A la aceptación del presupuesto concertamos cita para realizar la visita a la finca.
  3. Durante la visita nuestro técnico cotejará que las obras realizadas subsanan las deficiencias descritas en el acta de la ITE desfavorable.
  4. En el estudio, el mismo técnico redactará el certificado de idoneidad técnica empleando el modelo oficial del Ayuntamiento correspondiente.
  5. Presentación de la documentación en el Ayuntamiento.
  6. Entrega a los propietarios de copia del certificado y justificante de su registro en el Ayuntamiento. GESTIÓN FINALIZADA.
ite desfavorable

Edificio con resultado de acta de ITE desfavorable

Certificado de idoneidad técnica concedido

Certificado de idoneidad técnica concedido.



Recomendamos que este certificado lo emita un técnico independiente de la empresa constructora que haya ejecutado las obras, para evitar la creación de un conflicto de intereses entre los propietarios y el contratista, siendo el técnico cualificado independiente el que validará la conformidad y calidad de las reparaciones realizadas.



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