Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios Existentes


PARRER-CRECE

PAREER II

(NIVEL NACIONAL - IDAE)


Con Resolución de 14 de diciembre de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la Resolución de 6 de marzo de 2017, con el fin de incentivar actuaciones de reforma que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética, el aprovechamiento de las energías renovables y la reducción de emisiones de CO2, de los edificios existentes, y así alcanzar los objetivos establecidos en la Directiva 2012/27/UE, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), lanza su segunda convocatoria de ayudas y financiación con el programa PAREER II, con una dotación de 125 millones de euros.

 

ayudas IDAE PAREER II

El coste elegible no debería ser inferior a los 30.000 euros ni superior a los 4 millones para el conjunto de las actuaciones que se realicen en un mismo periodo.

 

Costes elegibles:

  • Honorarios profesionales de los técnicos, generadas por la emisión de los certificados energéticos inicial y final, la elaboración proyecto o memoria técnica y la gestión de las ayudas.
  • Redacción de los Informes que acredite la correcta realización de las actuaciones emitido por organismo de control o entidad de control.
  • Inversión en equipos, materiales, los costes de ejecución, obra civil asociada e instalaciones auxiliares y los específicos para cada tipología.

Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de varias.

Sólo se considerarán intervenciones cuyos costes sean objeto de subvención aquellas que:

  • Encuadradas dentro de la tipología 1, se actúe sobre uno o varios de los cerramientos (fachadas, cubiertas, huecos, etc) de la envolvente térmica del edificio, pero no únicamente sobre una o varias viviendas o locales.
  • Encuadradas dentro de las tipología 2, 3 y 4, se trate de edificios en los que se instalen generadores de calor o frío con potencia térmica nominal mayor que las que se indican a continuación:
  1. Para actuaciones de tipología 2..................................40 KW                                                                  (en caso de incluirse energía solar debe tener una potencia de al menos 14 KW)
  2. Para actuaciones de tipología 3..................................40 KW 
  3. Para actuaciones de tipología 4..................................10 KW 

Respecto a las ayudas adicionales, cabe reseñar que en edificios de uso residencial puede alcanzarse una ayuda extra a fondo perdido, que se sumaría a la ayuda base, de hasta un 50 % sobre los costes elegibles de la intervención, alcanzando por tanto hasta un 80 % del coste total.

Estas adiciones variarán en función de cumplir ciertos requisitos basados en:

  • Criterio social: aquellas actuaciones que se realicen en edificios que hayan sido calificados bajo algún régimen de protección pública o situados en Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas. (15% extra)
  • Eficiencia energética: cuando la intervención hace que el edificio alcance una calificación "A" o "B", en la escala de emisiones de CO2, o bien incrementa la calificación en dos letras el valor de partida. (15%, 10% y 5% extra respectivamente)
  • Actuación integrada: cuando la intervención de rehabilitación energética combina algunas tipologías de actuación definidas en las bases del programa. (20% extra)

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