Actualmente, con el fin de incentivar actuaciones de reforma que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética, el aprovechamiento de
las energías renovables y la reducción de emisiones de CO2, de los edificios existentes, y así alcanzar los objetivos establecidos en la
Directiva 2012/27/UE, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la
Energía (IDAE), pone en marcha
el programa PAREER-CRECE de ayudas y financiación, con una dotación de 200 millones de euros.
El coste elegible no debería ser inferior a los 30.000 euros ni superior a los 4 millones para el conjunto de las actuaciones que se realicen en un mismo periodo.
Costes elegibles:
-
Honorarios profesionales de los técnicos, generadas por la emisión de los certificados energéticos inicial y final,
la elaboración proyecto o memoria técnica y la gestión de las ayudas.
- Redacción de los Informes que acredite la correcta realización de las actuaciones emitido por organismo de control o entidad de control.
-
Inversión en equipos, materiales, los costes de ejecución, obra civil asociada e instalaciones auxiliares y los
específicos para cada tipología.
Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con
respecto a la calificación energética inicial del edificio. Esta mejora de su calificación energética podrá obtenerse mediante la realización de una tipología de actuación o una combinación de
varias.
Sólo se considerarán intervenciones cuyos costes sean objeto de subvención aquellas que:
- Encuadradas dentro de la tipología 1, se actúe sobre uno o varios de los cerramientos (fachadas, cubiertas, huecos, etc) de la envolvente térmica del edificio, pero no únicamente sobre una o
varias viviendas o locales.
- Encuadradas dentro de las tipología 2, 3 y 4, se trate de edificios en los que se instalen generadores de calor o frío con potencia térmica nominal mayor que las que se indican a
continuación:
- Para actuaciones de tipología 2..................................40 KW
(en caso de incluirse energía solar debe tener una potencia de al menos 14 KW)
- Para actuaciones de tipología 3..................................40 KW
- Para actuaciones de tipología 4..................................10 KW
Respecto a las ayudas adicionales, cabe reseñar que en edificios de uso residencial puede alcanzarse una ayuda extra a fondo perdido, que se sumaría a la ayuda base, de hasta un
50 % sobre los costes elegibles de la intervención, alcanzando por tanto hasta un 80 % del coste total.
Estas adiciones variarán en función de cumplir ciertos requisitos basados en:
-
Criterio social: aquellas actuaciones que se realicen en edificios que hayan sido calificados bajo algún régimen de protección pública o situados en Áreas de Regeneración y
Renovación Urbanas. (15% extra)
-
Eficiencia energética: cuando la intervención hace que el edificio alcance una calificación "A" o "B", en la escala de emisiones de CO2, o bien incrementa la calificación en
dos letras el valor de partida. (15%, 10% y 5% extra respectivamente)
-
Actuación integrada: cuando la intervención de rehabilitación energética combina algunas tipologías de actuación definidas en las bases del programa.
(20% extra)